SECRETARÍA


recaudación

 

AÑO 2005

PADRONES FISCALES

 


ANUALES


- CANON TERRENOS COMUNALES (VILLEGAS).

- IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.

- VADOS Y RESERVA DE ESPACIO PÚBLICO.

- VADOS Y RESERVA DE ESPACIO PÚBLICO (TAXIS).

 

PERIODO VOLUNTARIO DE COBRO: Del 1 de Junio al 31 de Julio de 2005.

 

Por norma general:

 

PLAZO:

MODALIDAD INGRESO RECIBO. El importe de la presente liquidación puede ser ingresado sin recargo hasta el último día del período de pago que figura en el anverso del documento.

 

LUGAR Y MEDIOS DE PAGO:

MODALIDAD INGRESO RECIBO.

a) En cualquier oficina de Caja Cantabria (Cta. Recaudación).

b) Encargando la gestión de pago a su Entidad Bancaria, una vez rellenado el boletín de domiciliación.

c) En los Servicios de Recaudación de éste Ayuntamiento.

 

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN:

MODALIDAD INGRESO RECIBO. En el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de recepción de ésta notificación, o exposición pública de los correspondientes padrones o matrículas de contribuyentes, ante la Alcaldía del Ayuntamiento (Reclamaciones).

 

 


LIQUIDACIONES DE INGRESO DIRECTO


 

PLAZO:

 

PAGO VOLUNTARIO SIN RECARGO

 

MODALIDAD INGRESO DIRECTO. Se podrá efectuar el ingreso sin recargo hasta el día 5 del mes siguiente, si esta notificación hubiera sido recibida por el interesado entre los días 1 y 15 del presente mes, y hasta el día 20 del mes siguiente si la notificación se hubiera recibido entre los días 16 y último del presente mes.

 

LUGAR Y FORMA DE PAGO:

MODALIDAD INGRESO DIRECTO.

a) Oficina de Recaudación Municipal.

b) Mediante giro postal tributario cuyo impreso contiene las instrucciones.

c) A través de Caja Cantabria, mediante ingreso en la cuenta restringida de Recaudación.

 

PAGO VOLUNTARIO CON RECARGO

Transcurrido el plazo indicado para el pago voluntario, se procederá directamente al cobro por la Vía de Apremio con el recargo del 20% más intereses de demora, gastos y costas, exclusivamente en la Oficinas de la Recaudación Ejecutiva.

 

MEDIOS DE IMPUGNACIÓN:

MODALIDAD INGRESO DIRECTO. En el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de recepción de ésta notificación, o exposición pública de los correspondientes padrones o matrículas de contribuyentes, Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo dictó, previo al Contencioso-Administrativo.

Contra la resolución, expresa o presunta del recurso de reposición cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Santander, en el plazo de dos meses en el caso de resolución expresa, o de seis en el caso de resolución presunta.

 

DE INTERÉS: La interposición de recursos no paraliza el procedimiento de cobro, a no ser que se garantice la deuda en los términos legales.